Por decisión judicial, vuelven a regir los cambios clave de la reforma laboral
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó l cautelar de la CGT y restableció la vigencia de 82 artículos. La ley prevé cambios como vacaciones, el banco de horas e indemnizaciones. El proceso judicial sigue en la Corte.
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó el fallo que suspendía 82 artículos de la reforma laboral, que se aprobó este año en el Congreso, y que había quedado en parte sin efecto por una cautelar dictada por el juez nacional Raúl Ojeda.
La decisión de la Sala VIII del tribunal restableció la vigencia de los puntos clave que habían sido frenados anteriormente por un fallo de primera instancia. Con esta resolución, los artículos cuestionados de la Ley de Modernización Laboral (N° 27.802) vuelven a tener plena vigencia en todo el territorio nacional y traen cambios en aspectos centrales, como las vacaciones, indemnizaciones y el banco de horas.
La Cámara dispuso que la apelación presentada por el Estado tenga "efecto suspensivo", lo que significa que el freno previo queda "sin efecto" mientras continúe el trámite judicial. En efecto, la decisión de la Cámara del Trabajo se enmarca en un proceso judicial más amplio que aún no se ha resuelto y que incluyó, además, la presentación de un recurso extraordinario ante la Corte Suprema.
El pasado 30 de marzo, el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 hizo lugar a una medida cautelar impulsada por la principal central obrera de Argentina, la Confederación General del Trabajo (CGT), y frenó la aplicación de 82 de los 218 artículos de la ley.
Esa medida cautelar argumentaba que la reforma "vulneraba principios constitucionales" como la progresividad laboral y la protección del trabajador.
El Gobierno ha cuestionado desde entonces tanto la legitimidad de la CGT para impulsar la demanda como la competencia de la Justicia Laboral en el caso, argumentando que es una cuestión que debería tratarse en el fuero Contencioso Administrativo Federal.
Lo que se restablece
Banco de horas. La reforma habilita acuerdos escritos entre empleadores y trabajadores para compensar horas extra mediante banco de horas o francos. Deben respetar descansos mínimos de 12 horas en cada jornada laboral y límites legales, con posible intervención sindical y alternancia de jornadas.
Vacaciones. Se mantiene el período entre octubre y abril, pero se permite pactar fechas fuera de ese lapso y fraccionarlas en tramos de al menos siete días. El empleador debe garantizar una licencia en verano al menos una vez cada tres años.
Indemnizaciones. Se redefine el cálculo por despido sin causa, limitado al salario mensual habitual y sin incluir extras. Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (con aportes mensuales obligatorios de los empleadores) y se habilitan fondos de cese por convenios, con aportes del empleador y cobro al finalizar la relación. Las sentencias judiciales se pueden cancelar en 6 o 12 cuotas mensuales consecutivas.
Período de prueba. Se amplía a seis meses y hasta ocho en empresas pequeñas. Durante ese plazo no hay indemnización, aunque el vínculo debe estar registrado y con aportes.
Otros cambios. Se eliminan multas por empleo no registrado y se promueve la regularización. Se implementa el registro digital laboral y el pago de salarios por vía bancaria.
El Gobierno celebró el fallo judicial revocatorio
El presidente Javier Milei festejó ayer la revocación de la cautelar que, en parte, frenaba la Ley de Modernización Laboral y aseguró que "no podrán detener el crecimiento que se viene para el país".
Desde sus redes sociales, manifestó que la normativa sancionada el pasado 27 de febrero "sigue vigente" y celebró la noticia por medio de una publicación escrita por la ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, quien a su vez citó a su par en Justicia, Juan Bautista Mahiques.
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, se sumó en sus redes: "Intentaron frenarla: no lo lograron", destacó. "La Cámara Laboral revocó la medida cautelar que suspendía la ley de Modernización Laboral. Fin.", cerró.